Comisiones

INFORMACION DE COMISIONES PAGADAS EN MÉXICO

Todos los montos son en pesos mexicanos.

REGLAS PARA EL PAGO DE COMISIONES

  1. Los montos de comisiones descritos en esta tabla, están basados en el estatus “ACTIVO” del distribuidor que califica para el pago del Punto Especial (SP).
  2. El estatus del distribuidor determina el monto de la comisión que se le pueda pagar.

Estatus de Distribuidor

Estatus SP:  Existe al menos una Venta Directa dentro de un periodo de 3 meses.

Estatus D1:  Periodo de 4 a 6 meses sin realizar Venta Directa.

Estatus D0:  Periodo de 7 a 12 meses sin realizar Venta Directa.

Estatus F:     Periodo de 12 meses SIN realizar Venta Directa. (Comisión $0)

Estatus FA0: No existe venta directa en un periodo de 2 años y la regla FA0 para   comenzar nueva distribución puede aplicar siguiendo las Políticas FA0 por Enagic.

  1. Los montos para cualquier distribuidor en distinto estatus (con más de 90 días de NO realizar al menos una venta directa) varían totalmente. La comisión comienza a disminuir.
  2. SP (Punto Especial) es un punto pagado únicamente cuando la próxima venta directa ocurre durante los 3 meses siguientes (90 días) a la venta anterior directa.
  3. Los montos son calculados en Pesos Mexicanos.
  4. Debido a las leyes de México, las comisiones están sujetas a pago o retención de impuestos. Los esquemas que manejamos para esta situación son:
    1. Comisiones + IVA: en este esquema el distribuidor tiene que estar dado de alta en Hacienda y debe entregar una factura por el monto total de las comisiones que va a recibir + el IVA. La factura tiene que ser expedida por el nombre de la persona o empresa que se dio de alta en el sistema de Enagic.
    2. Comisiones – Retención de ISR: en este esquema el distribuidor recibirá el monto de comisión menos el porcentaje de ISR que corresponda. El cálculo de retenciones de ISR está basado en la Tabla de Retención de ISR de Personas Físicas vigente al año en curso.
  5. La compañía tiene el derecho de NO mostrar las comisiones generadas al distribuidor, si éste no cumple con la entrega de su factura en el tiempo en que su documento fue solicitado.
  6. Los montos de comisiones varían si las ventas se originan en regiones distintas al territorio mexicano. Si la venta ocurre en EUA, Europa, Asia o cualquier otra región los montos serán distintos a las comisiones generadas por ventas hechas dentro de México. El valor preciso de cada monto será calculado al momento que la comisión se genere tras ingresar la venta a nuestro sistema.
  7. Queda prohibido el pago de comisiones de varias cuentas, a la cuenta de un solo usuario. Cada distribuidor debe proporcionar sus propios datos de manera individual.
  8. Las comisiones se pagan quincenalmente por transferencia electrónica. Como máximo se realizan 2 transferencias al mes.
  9. Enagic de México no tiene la obligación de acumular comisiones y dejar pagos pendientes para liquidarlos en tiempos inadecuados. Las fechas de pago deberán respetarse como se establece originalmente por la compañía.
  10. Las personas que generan Factura para el pago de sus comisiones deberán entregar a Enagic su documento fiscal, quincenalmente, evitando acumular comisiones de varias quincenas o meses.
  11. Se retendrán las comisiones generadas a todos aquellos clientes que presenten algún adeudo con Enagic. Se liberan las comisiones al momento de liquidar su deuda con la empresa.
  12. Se retendrán las comisiones de todos aquellos distribuidores que NO entreguen el formato requerido debidamente llenado en el tiempo indicado (junto a la primer venta que se patrocine).
  13. Si el distribuidor entrega su información bancaria a destiempo, es decir, después de que su fecha de pago se haya suscitado, tendrá que ajustarse a los tiempos que la compañía requiera para recalcular su pago.
  14. La información de los montos por concepto de comisión deberán ser tratados directamente con el distribuidor que las origina. Es importante que la compañía procure un trato directo con cada uno de sus clientes/distribuidores con la finalidad de proteger y mantener la seguridad de su propia información e ingresos generados.

 

Condiciones:

  1. Las comisiones de filtros internos no se liberan, sino hasta que el distribuidor haya acumulado en comisiones de filtros un monto de $3,000 MXN pesos o más. Esto quiere decir que, con menor cantidad de dinero acumulada, las comisiones no podrán liberarse.
  2. El sistema de compensación para la venta de Filtros Internos funciona igual que el sistema de 8 puntos para ventas de máquinas.
  3. Los estatus de distribuidor (SP, D1, D0, F, FA0) con respecto a la frecuencia de sus ventas directas, también aplican con las mismas reglas al igual que la venta de máquinas. *Consultar Manual de Distribuidores.
  4. No recibe comisión quien compra directamente los filtros internos, quien recibe la comisión es el patrocinador directo y la estructura de vendedores, “Upline”, que le sigue a ese patrocinador, hacia arriba. La repartición es igualmente de hasta 8 puntos.
  5. Cada vez que un cliente/distribuidor hace la compra de su filtro interno, debe poner en la solicitud de compra su Nombre completo, Número de ID y número de serie de la máquina. Con esta información podremos subir al sistema los datos necesarios para que se acumulen y eventualmente generen las comisiones pertenecientes a la estructura del cliente.
  6. No es responsabilidad de Enagic de México llenar en la solicitud de compra los datos del comprador, si éste no lo hace, lamentablemente se perderá la oportunidad de que Enagic capture esos datos y registre los puntos acumulados para generar dichas comisiones.

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